Luis Ger rechazó la reforma de la Ley de Tierras y pidió al Senado preservar la soberanía nacional
La Ley 26.737 fue sancionada para evitar la concentración extranjera de tierras rurales estratégicas y preservar recursos naturales.
La Ley 26.737 fue sancionada para evitar la concentración extranjera de tierras rurales estratégicas y preservar recursos naturales.
Luis Ger rechazó el proyecto de reforma de la Ley de Tierras impulsado por el Gobierno nacional.
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Luis Ger rechazó la reforma de la Ley de Tierras y pidió al Senado preservar la soberanía nacional Luis Ger rechazó la reforma de la Ley de Tierras y pidió al Senado preservar la soberanía nacional
El defensor del Pueblo de la ciudad Capital, Luis Ger, emitió una resolución en rechazo al proyecto libertario de modificación a la Ley de Tierras.
El Proyecto de Ley del Poder Ejecutivo Nacional denominado "Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada" (Expediente PE-13/2026), actualmente en tratamiento en el Honorable Senado de la Nación, mediante el cual se propician modificaciones sustanciales a la Ley N.º 26.737 de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales; a la Ley General de Expropiaciones; a la Ley de Manejo del Fuego; al régimen de Zonas de Seguridad de Fronteras y demás normas vinculadas al régimen jurídico de la propiedad inmueble.
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El defensor enumeró un largo listado de consideraciones, entre ellas: que la Constitución Nacional reconoce el derecho de propiedad como uno de los pilares del Estado de Derecho, garantizando su inviolabilidad conforme a los artículos 14 y 17; que dicho derecho jamás fue concebido como absoluto, sino sujeto a las leyes que reglamentan su ejercicio y armonizado con otros derechos y bienes constitucionalmente protegidos; que la propia Constitución establece que el ambiente sano constituye un derecho humano fundamental (artículo 41), imponiendo a las autoridades el deber de preservarlo para las generaciones presentes y futuras; que el artículo 42 protege los derechos de consumidores y usuarios, imponiendo al Estado obligaciones de tutela frente a los desequilibrios del mercado; que el artículo 75 inciso 17 reconoce los derechos de los pueblos indígenas sobre las tierras que tradicionalmente ocupan.
También consideró que la concentración ilimitada de tierras rurales estratégicas en manos extranjeras puede comprometer la independencia económica y política de las futuras generaciones; que el federalismo argentino exige cooperación entre Nación y Provincias, no el abandono por parte del Estado Nacional de sus responsabilidades constitucionales; que corresponde a esta Defensoría del Pueblo velar por la protección de los derechos colectivos, del ambiente, de la calidad institucional y de los intereses difusos de toda la comunidad.
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Por todo ello, Luis Ger decidió resolver:
Artículo 1°. Expresar la profunda preocupación institucional de esta Defensoría del Pueblo respecto del Proyecto de Ley denominado "Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada", en cuanto modifica el régimen vigente de protección del dominio nacional sobre las tierras rurales.
Artículo 2°. Solicitar al Honorable Senado de la Nación el rechazo de aquellas disposiciones que eliminen los límites nacionales a la adquisición de tierras rurales por personas o entidades extranjeras.
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Artículo 3°. Solicitar que se mantengan los principios protectores de la Ley 26.737 como garantía de la soberanía territorial, la seguridad alimentaria y la preservación de los recursos naturales estratégicos.
Artículo 4°. Requerir que toda modificación legislativa preserve plenamente los principios preventivo, precautorio y de no regresión ambiental previstos en la Constitución Nacional, la Ley General del Ambiente y la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Artículo 5°. Instar a los legisladores nacionales representantes de la Provincia de Santiago del Estero a resguardar la integridad territorial, los recursos naturales y el interés permanente de las generaciones futuras.
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Reflexión Institucional
"La propiedad privada merece protección constitucional. Pero la soberanía nacional merece una protección aún mayor, porque sin territorio no existe Nación; sin recursos naturales no existe desarrollo; y sin límites al poder económico, la libertad termina siendo un privilegio de unos pocos y no un derecho de todos."

