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La Justicia condenó a una administradora de planes de ahorro a pagar una millonaria indemnización

Información + Opinión - La Rioja, Argentina

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La Justicia condenó a una administradora de planes de ahorro a pagar una millonaria indemnización
La Justicia condenó a una administradora de planes de ahorro a pagar una millonaria indemnización

La Cámara Cuarta en lo Civil, Comercial y de Minas de la Primera Circunscripción Judicial de La Rioja hizo lugar a una acción colectiva presentada por suscriptores de planes de ahorro contra una administradora de planes para fines determinados y ordenó recalcular las cuotas conforme a la evolución de la inflación, además de disponer reintegros e imponer una indemnización de dos millones de pesos para cada uno de los demandantes.

La sentencia fue dictada por la jueza Ana Carla Menem, titular de la Sala Unipersonal N.º 7, quien consideró acreditados incumplimientos por parte de la empresa en los deberes de información y en las obligaciones derivadas de la relación de consumo y del contrato de mandato que mantiene con los ahorristas.

La demanda había sido impulsada por un grupo de consumidores que cuestionó el mecanismo de cálculo de la denominada "cuota pura", al sostener que desde 2018 los aumentos aplicados resultaban desproporcionados y afectaban seriamente su capacidad de pago. También objetaron la cláusula contractual que vinculaba el valor de las cuotas al precio de lista de los vehículos fijado por la terminal automotriz.

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En su resolución, la magistrada sostuvo que los contratos de ahorro previo constituyen relaciones de consumo y, por lo tanto, deben ajustarse a las garantías previstas por la Constitución Nacional, la Ley de Defensa del Consumidor y el Código Civil y Comercial. Además, señaló que la administradora debía actuar con buena fe y priorizando los intereses de los suscriptores.

Uno de los fundamentos centrales del fallo fue el informe elaborado por la perito contadora, que determinó que las cuotas registraron incrementos superiores a la inflación medida por el INDEC, a la evolución del dólar e incluso al aumento de los salarios. El estudio también concluyó que, sin la medida cautelar vigente durante el proceso, numerosos suscriptores debían destinar más del 50% de sus ingresos al pago del plan.

Como consecuencia, la Cámara ordenó recalcular las cuotas aplicando la variación de la inflación desde 2018, en lugar del mecanismo basado en el valor móvil de los vehículos. Asimismo, dispuso que los importes abonados en exceso sean acreditados a cuotas futuras o reintegrados mediante transferencia bancaria cuando corresponda.

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El fallo también obliga a la empresa a implementar un nuevo sistema de refinanciación para los ahorristas, informar la situación de cada grupo de ahorro y ofrecer alternativas a quienes decidan rescindir el contrato.

Además, la jueza hizo lugar al pedido de daño punitivo y condenó a la administradora a pagar dos millones de pesos a cada uno de los demandantes, más los intereses correspondientes, al considerar que incurrió en una conducta abusiva que vulneró los derechos de los consumidores.

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