El Senado debate el proyecto de ley sobre propiedad privada
Información + Opinión - La Rioja, Argentina

El Senado nacional debate este jueves una versión acotada del proyecto de propiedad privada, que tendrá como eje central una reforma que contempla los desalojos exprés de campos, viviendas y terrenos que fueron usurpados. La sesión se desarrolla en medio de protestas frente al Congreso.
La iniciativa incluye cambios en la ley del manejo de fuego, limita las expropiaciones y reforma la ley para regularizar.
La Cámara alta reanudó la sesión que se había suspendido el 16 de julio pasado debido a las diferencias que había sobre el ahora eliminado capítulo sobre extranjerización de tierras.
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Sin los artículos que flexibilizaban la venta de tierras a extranjeros ni de los barrios populares, el Senado debate una versión acotada del dictamen de mayoría, que tiene como eje central agilizar el desalojo de las viviendas intrusadas.
De ese modo, el oficialismo podrá salvar el proyecto que, como todas las iniciativas que diseña el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, propone reformar leyes de diferentes temáticas.
El presidente provisional del Senado, Bartolomé Abdala, habilitó la sesión. Allí hizo uso de la palabra Patricia Bullrich, jefa del bloque oficialista, quien pidió que la autorización a la kirchnerista Anabel Fernández Sagasti para participar en forma virtual pase a comisión.
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Sagasti cursa un embarazo avanzado y su médico le indicó no trasladarse grandes distancias. El recinto le concedió el permiso casi por unanimidad.
En ese marco, el senador libertario Joaquín Benegas Lynch solicitó una cuestión de privilegio para responder a la impugnación impulsada por su par del peronismo Juliana Di Tullio, quien aseguró que se encuentra en un conflicto de intereses para debatir la ley de inviolabilidad de propiedad privada por ser director de una empresa inmobiliaria dedicada a la comercialización de tierras.
Benegas Lynch argumentó que su actividad es de público conocimiento y negó que le impida ser ecuánime durante el debate ni defender los intereses del país.
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Se aplicará un desalojo exprés solo en los casos en que se trate de inmuebles usurpados o tenedores precarios, donde el juez podrá disponer la inmediata entrega del inmueble si "el derecho invocado fuese verosímil y previa caución juratoria".
El juez podrá intimar dentro de las 72 horas la devolución del inmueble si así lo pide el propietario, que deberá mostrar con prueba documental que es el dueño de este terreno, vivienda o campo.
Los inquilinos que adeudan el pago de sus contratos deberán recibir de parte del propietario una carta documento y otorgar un plazo de al menos diez días corridos para ponerse al día, que se contarán desde que reciben la respectiva notificación.
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La notificación se deberá realizar en el domicilio denunciado en el contrato o también por correo electrónico y deberá precisar el lugar exacto del pago. Si se mantiene el incumplimiento del inquilino, el propietario puede iniciar la acción de desalojo. que se efectuará en un plazo de diez días hábiles.


Otro punto es que el propietario no puede negarse a recibir las llaves ni poner condiciones para aceptarlas. Aunque puede dejar asentado por escrito que quedan deudas pendientes por reclamar después.
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En el caso de que haya menores o adultos en situación de desamparado, el juez deberá darles intervención obligatoria a los organismos de protección locales y al Ministerio Público Tutelar, disponiendo un plazo prudencial que no excederá de diez días para asegurar una alternativa habitacional transitoria, sin perjuicio de la continuidad del proceso.
La declaración de utilidad pública se deberá aplicar de manera restrictiva y el Estado tendrá que fundamentar los motivos claramente de esa medida.
El dictamen estableció que habrá tope del 30 % de indemnización por lucro cesante, ya que en el proyecto original no ponía ningún porcentaje. La tasa de interés que se deberá pagar será la del Índice de precios al Consumidor más la tasa del Banco Nación a 30 días.
No se realizará la transferencia sin el pago de la indemnización, aunque el Estado podrá pedir la posesión de ese bien.
Otro punto es que el juez podrá pedir un dictamen del Tribunal de Tasaciones de la Nación cuando existan diferencias sobre el valor que debe pagar el Estado.
Se deroga el artículo que establecía que, en caso de incendio de un predio rural, por 30 años no se podía cambiar el uso sobre superficies incendiadas en zonas agropecuarias, praderas, pastizales, matorrales y áreas periurbanas.
En el caso de incendios de bosques nativos se prohíbe el cambio de uso y destino prevista en la actual norma, pero se elimina el plazo de 60 años establecidos en la ley promovida por el diputado nacional Máximo Kirchner.
Se podrá presentar documentos digitales en los Registros de la Propiedad de todo el país, aunque en algunas jurisdicciones ya se permiten.
El proyecto modifica la llamada ley Pierri de regularización dominial para que puedan acceder a la escritura de esa vivienda única para las familias que tengan una posesión pública durante los diez años anteriores para poder acceder a ese beneficio.
Organizaciones sociales, gremiales y políticas se concentran bajo la lluvia frente al Congreso de la Nación, en contra de la ley de propiedad privada que impulsa La Libertad Avanza (LLA).
Varias agrupaciones, entre las que se encuentran el Movimiento Evita, Libres del Sur, Izquierda Socialista (IS) y la Unión Argentina de Trabajadores Rurales (Uatre), se concentran sobre la avenida Entre Ríos y en la plaza situada frente al Parlamento.

