Confirman condena por abuso y reducen de 11 a 9 años la pena
Lo dispuso el tribunal de alzada. La Fiscalía había requerido 14 años de cárcel. El hecho fue develado por la víctima en la escuela.

Lo dispuso el tribunal de alzada. La Fiscalía había requerido 14 años de cárcel. El hecho fue develado por la víctima en la escuela.
Por Gustavo Gallardo
Confirman condena por abuso y reducen de 11 a 9 años la pena Confirman condena por abuso y reducen de 11 a 9 años la pena
Un tribunal de alzada confirmó la condena de un hombre por abusar a su hijastra en Las Termas de Río Hondo, de 12 años, pero en su resolutorio morigeró la pena, disminuyéndola de 11 a 9 años de prisión.
Así lo notificó ayer el alto cuerpo a las partes, conformado por los vocales María Gabriela Núñez, Ana Cecilia Vittar y Cristian Vittar, confiaron los voceros judiciales al cierre.
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El presidiario es Egidio Villalba (detenido en el año 2022), quien en mayo del 2024 fue condenado a 11 años de prisión, al ser hallado responsable del delito de "abuso sexual con acceso carnal agravado por la convivencia" en perjuicio de la hija de su pareja.
Juicio y pena
El veredicto fue develado por el tribunal integrado por los vocales Julio Carmelo Vidal, Fernando Viaña. Con voto en disidencia sólo en cuanto a la matemática de Juan Carlos Storniolo, quien votó para que Villalba sea condenado a 8 años de cárcel.
Ante un nuevo tribunal, de alzada, la Fiscalía reveló que Villalba "… en su condición de pareja conviviente de la madre de la víctima, sometió sexualmente a la menor durante un período prolongado, en el ámbito de la vivienda familiar y en la del padre del imputado".
Ahondó: "Conforme el relato de la damnificada, los episodios comenzaron cuando aquella contaba con doce años, en ocasión en que su madre cursaba un embarazo y se hallaba internada, y se desarrollaron de manera reiterada —prácticamente cotidiana—, evolucionando desde tocamientos y besos", hasta llegar al acceso carnal.
Ahondó que todo salió a la luz cuando la menor relató lo sucedido a la psicopedagoga de su escuela y se activó el protocolo institucional. Fue citada la progenitora y promovió la denuncia.
Por su parte, la defensa, a cargo de Juan José Saín y María Florencia Gómez (foto), cuestionó que la 2ª Cámara Gesell no fuera efectivamente llevada a cabo, y que la retractación de la víctima "fue tratada como una mera formalidad, sin ser debidamente evaluada, pese a que la psicóloga interviniente refirió que la menor se encontraba en condiciones de declarar y no fue oída".
Vulnerabilidad y desprotección
Subrayó: "No existe una firme imputación en contra de nuestro defendido... "Medió una interpretación errónea acerca de la vulnerabilidad de la víctima y la desprotección materna...", destacó.
Asimismo, requirió la nulidad de la sentencia, o plan B la morigeración de la condena, con base en que las cárceles deben propiciar a la reinserción social del penado".
En definitiva, después de un intenso debate penal el Tribunal hizo lugar parcialmente al recurso de alzada interpuesto por la defensa de Villalba.
Confirmó la sentencia, pero a la vez modificó "el monto de la pena impuesta, reduciéndola a 9 años de prisión".


